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La situación de la mujer en la Medicina actual

medicos_2p.jpg (9294 bytes)En los últimos años se viene apreciando una creciente feminización de la profesión médica, aunque, de momento, existe una desproporción palpable entre el número de mujeres que ejercen la Medicina y las que ocupan puestos de responsabilidad con respecto a sus compañeros. A esto se añaden mayores dificultades en la promoción profesional en la mujer. El abordaje de esta situación, según las autoras de este trabajo, hay que realizarlo desde una doble vertiente, política y familiar, ya que el problema no sólo es de la mujer sino también de la sociedad.

  
Isabel López Sánchez (*), Margarita Tutor Ovejero (*), Mª Rosario Ortiz Sáenz de Santa María (**), Teresa Morillo (**), Mª Jesús Hidalgo Valverde (***) y María Escarlata López Ramírez (***) 

(*) Cesmadrid (**) Sindicado Médico de Valladolid (Simeva)
(***) Sindicado Médico de Granada (Simeg)
 

En las últimas décadas la incorporación de la mujer al trabajo fuera del hogar ha supuesto modificaciones en todos los ámbitos laborales incluido el de la Medicina. Existen, en la actualidad, 130.204 médicos activos de los que un 54 por ciento son hombres y un 46 por ciento mujeres.

Actualmente, las mujeres constituyen la mayoría de los médicos menores de 40 años. En el grupo de edad comprendido entre los 36 y 40 años, el número de mujeres ya es mayor que el de hombres, mientras que en el tramo de edad de 31 a 35 años, la cifra de mujeres es claramente superior, llegando casi a duplicar a los hombres en el grupo de menos de 30 años.
La distribución por sexos, a diciembre del 98, de los médicos españoles sin incluir a los residentes estaba compuesta por un 43 por ciento de mujeres (48.314) y un 57 por ciento de hombres (62.762).

Esta distribución cambia significativamente a favor de las mujeres si incluimos a los residentes, con un incremento de un 3 por ciento, quedando en un 46 por ciento de mujeres (60.076), y un 54 por ciento de varones (70.128). Esta situación está vinculada a la evolución del número de estudiantes, licenciados en Medicina, y MIR en los últimos años.

El grado de eficacia de la formación pregrado de cada Facultad se ha medido analizando la edad de inicio de los estudios de la licenciatura de Medicina y de la duración de los mismos. 
La media de inicio es de 18 años, en el 60 por ciento de las mujeres y en el 45 por ciento de los hombres. La duración media de los estudios de Licenciatura es 8,1 +/- 1,98 años con una moda situada en los 7 años. Mientras que los varones tardan 8,18 +/- 2,05 años, las mujeres lo hacen en menos tiempo 8,01 +/- 1,88.

Al analizar el número de mujeres licenciadas por Universidad hemos encontrado diferencias en los porcentajes según la Universidad de procedencia. Las variaciones van desde un 37,90 por ciento en la Universidad de Cádiz, seguida de Sevilla, Granada, Málaga y Salamanca, a un 56,62 por ciento en la Universidad de Alcalá de Henares (Madrid) con valores muy próximos en la Autónoma de Madrid, Cantabria, Las Palmas y Oviedo.

Una vez analizados los estudios universitarios, pasamos a revisar la distribución de los médicos por especialidades. Como habíamos comentado, existen 130.204 médicos activos en el censo incluyendo Medicina Familiar y Comunitaria y Medicina General.

Las especialidades con mayor tasa de mujeres son Rehabilitación con un 64,2 por ciento, Bioquímica Clínica con un 63,32 por ciento y a continuación sin ejercicio, un 60,86 por ciento.
Por el contrario, las especialidades con menos presencia de las mujeres son: Cirugía cardiovascular con un 8 por ciento, Urología con un 9,16 por ciento y Cirugía Torácica con un 10,45 por ciento.

En Atención Primaria la distribución es la siguiente: de los 65.206 médicos hay 36.235 varones y 28.971 mujeres, lo que supone un 44,43 por ciento de mujeres.

Por otra parte, la incorporación de la mujer en el MIR en los últimos ocho años puede darnos a entender la situación de la profesión médica en un futuro no lejano, ya que más del 50 por ciento de las plazas convocadas son ocupadas por mujeres.

La actividad profesional dependiendo de los sectores público o privado así como otras actividades distribuidas por sexos reflejan el alto porcentaje de las mujeres en el MIR y entre los que no tienen ejercicio profesional.

Los médicos desempleados se caracterizan por ser más jóvenes y predominantemente mujeres. Existen 24.096 médicos desempleados de los cuales 14.666 son mujeres (61 por ciento) y 9.430 varones (39 por ciento). Según la edad, entre los 31 a 35 años es donde existe mayor porcentaje.
Respecto a los porcentajes de paro por especialidad, las de mayor tasa de desempleo son Inmunología con un 25,9 por ciento, y Bioquímica Clínica con un 25,6 por ciento.

En cuanto a las especialidades con menos paro entre las mujeres son: Cardiovascular, Maxilofacial, Urologia, Vascular, Oftalmología, Cardiología, Neurología, Traumatología, Cirugía Plástica, e Intensiva. Las de mayor desempleo son, por contra, Rehabilitación, Medicina Nuclear, Reumatología, Hidrología, Medicina del Trabajo, Microbiología, Anestesia, Bioquímica, Pediatría, Análisis Clínico, Familia y Anatomía Patológica.

La distribución de médicos desempleados por comunidad autónoma es irregular. Las que tienen una tasa de desempleo por 10.000 habitantes superior a la media nacional son: Aragón, 13,61, País Vasco, 10,4, Navarra 9,68, Castilla y León 9,42, Cantabria 8,64, La Rioja, 7,55, Asturias, 7,41, Madrid, 6,89 y Andalucía 5,99.

Las de menor tasa de desempleo entre los médicos son Castilla-La Mancha 2,5, Baleares 2,85, Canarias 3,4, Extremadura 4,29 y Cataluña, 4,96.

Tras el análisis del porcentaje de aprobados en el MIR, así como en oposiciones públicas como las del Insalud 96, se perciben diferencias aunque no llamativas. En la OPE del Insalud, las mujeres tienen resultados ligeramente superiores tanto en el examen como en el baremo.

Si pasamos a observar el grado de representatividad de la mujer en el plano sindical, podría pensarse que la incorporación a cargos sindicales podría estar en cifras similares a las de la Administración sanitaria, sin embargo, nos encontramos con una situación muy diferente.

Teniendo en cuenta los resultados obtenidos al estudiar 18 sindicatos médicos podemos hacer una valoración de la situación dentro de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos.
Sólo un 19 por ciento de la representación en los sindicatos médicos confederados, entre comités ejecutivos, vocalías, delegaciones sindicales son mujeres. Si valoramos los cargos de presidente, vicepresidente, secretario, vicesecretario y tesorero esta cifra se reduce a un 10 por ciento.

Respecto a la participación colegial en el análisis de 36 Colegios Médicos, los resultados han sido muy parecidos. Del total de los cargos incluidos vocalías, el 11 por ciento son mujeres. Si valoramos sólo la Permanente esta cifra es menor, sólo un 6 por ciento de esas mujeres en distintos organismos sanitarios corresponde a mujeres.

En cuanto a la incorporación a puestos directivos en la Administración sanitaria pública, como dato que pensamos se podría extrapolar a otros ámbitos sanitarios, la distribución por sexos en las áreas el Insalud de Madrid y del Servicio Andaluz de Salud es la siguiente: en Madrid es prácticamente de un 50 por ciento, mientras que en el SAS, los cargos ostentados por mujeres están en un 35 por ciento. 

La mujer y la Medicina: problemas y perspectivas
Durante siglos, el papel de la mujer estuvo reducido, en general, al desempeñado dentro del ámbito de la familia, y su situación en la sociedad le venía dado por su esposo, padre, hijos o hermanos. Es en el siglo XIX, el siglo del liberalismo, de la revolución industrial..., cuando las limitaciones sociales y legales que sufre la mujer empiezan a cambiar.

En la segunda mitad del siglo XIX comienza a considerarse que, aunque la misión de la mujer es cuidar de los hijos y el marido, la educación e instrucción puede prepararla para cumplir mejor la tarea de formar nuevos ciudadanos y constituir un apoyo adecuado para maridos modernos.

Mientras en España en periódicos y revistas se polemiza sobre la capacidad de las mujeres para adquirir conocimientos que puedan capacitarla para ejercer una profesión y sobre la conveniencia o no de que los adquiera, llegan noticias de otros países donde algunas mujeres comienzan a conseguir el grado de bachiller e, incluso, acceden a la Universidad (1).

El 2 de septiembre de 1871 Mª Elena Masseras consigue un permiso especial del Rey Amadeo de Saboya para realizar estudios de segunda enseñanza y poder continuar en la Universidad después.

mujermedico1.gif (1153 bytes)Mª Dolores Aleu Riera es la primera mujer que realiza el examen de grado para obtener una Licenciatura, precisamente en Medicina, el 20-IV-1882, seguida en el mismo año por Martina Castells Ballespi y Mª Elena Masseras Ribera, todas por la Universidad de Barcelona. En 1886 obtiene la Licenciatura en dicha Universidad Dolores Llorent Casanovas (26-VI-86) y dos días después la quinta mujer licenciada en Medicina, Mª Luisa Domingo García natural de Palencia, la obtiene en la Universidad de Valladolid.

No podemos pensar que, rápidamente, el acceso al bachiller superior y a la Universidad se convirtió en una rutina. En 1882 y durante un período de casi un año, el director general de Instrucción Pública ordenó que no se admitiera a matrícula de segunda enseñanza a las mujeres, pero sí a la de Universidad a las que estuvieran en posesión del grado de bachiller. Cuando el 25 de septiembre de 1883 se autorizó de nuevo la matrícula de segunda enseñanza, se añadió la salvedad de que "sin derecho a cursar después los de Facultad".

Es en 1888 cuando, tras la solicitud de tres mujeres, una de las cuales, Angela Carraffa de Nava, también estudió en la Universidad de Valladolid, se permitió de nuevo a las mujeres matricularse en la Universidad, en principio sólo para exámenes y posteriormente, a instancia de Matilde Padrós en la enseñanza oficial. La presencia de mujeres en la Universidad española durante el siglo XIX es, por tanto, prácticamente anecdótica y, además, parte de las alumnas consignadas en ellas, no acabaron la carrera (2). De hecho, en la Universidad de Valladolid sólo dos mujeres completaron la Licenciatura, en Medicina, durante el siglo XIX: Mª Luisa Domingo García en 1886 y Trinidad Arroyo Valverde en 1895.

De esta última podemos decir que no sólo obtuvo la Licenciatura sino también el grado de doctor con el tema "Los músculos intrínsecos del ojo en estado normal y patológico y la acción que los medicamentos ejercen en aquéllos". Trinidad Arroyo ejerció la especialidad de Oftalmología (primera en España) y estuvo colegiada en Palencia y posteriormente en Madrid. En 1939 se exilió a México pero en Palencia existe la Fundación Doctora Trinidad Arroyo en el Instituto donde estudió.

Hemos querido reflejar la presencia de la mujer entre los licenciados en Medicina por la Facultad de Valladolid a lo largo de los años. Los datos han sido recogidos en el Archivo Histórico de la Universidad hasta el año 1957 y, posteriormente, en el Archivo de la propia Facultad. Pese a ser una Facultad con un elevado número de licenciados (en 1905 se supera el centenar/año) no es hasta 1920 cuando aparece la tercera mujer: Carmen Gullón Gullón.
En 1925 obtienen la Licenciatura tres mujeres y desde entonces es casi constante la presencia de mujeres, con excepción de los años de la Guerra Civil y de la Postguerra.

En enero de 1938 obtiene la Licenciatura Laura Lorenzo del Pecho, que es la primera mujer inscrita en el Colegio de Médicos de Valladolid.

En el Curso Abreviado 39-40 obtiene la Licenciatura otra mujer, Carlota Quintana, pero su título tiene fecha de 1975. Una de las dos mujeres que obtuvieron el título en 1944 no llegó nunca a recogerlo.En 1946 se colegia en Palencia Joaquina Ortiz, primera mujer en ese Colegio en el siglo XX (anteriormente, Trinidad Arroyo lo estuvo en el XIX).En el curso 1947-48 acabó la carrera Saturnina Mainzhausen de Mesa, primera mujer con Premio Extraordinario en la Facultad de Valladolid.

A partir de los años 60, los porcentajes de mujeres licenciadas comienzan a dispararse: se supera el 10 por ciento en el curso 60-61, el 20 por ciento en el 67-68, el 30 por ciento en el 73-74, el 40 por ciento en el 80-81, en el 82-83 el porcentaje de mujeres supera por primera vez al de varones, en el 85-86 superan el 60 por ciento, y por fin en el 98-99 se supera el 70 por ciento (3). Por la Facultad de Medicina de Valladolid se han licenciado 3.775 mujeres, un 24,30 por ciento del total.

Según datos extraídos de los certificados acreditativos para ejercer como médico general, el porcentaje acumulado de mujeres médico procedentes de la Facultad de Valladolid es el del 43,97 por ciento, un 0,47 por ciento por encima de la media que está en el 43,5 por ciento (4).
No hemos querido referir estos datos a la población general por varias razones:

1. El ámbito que abarca el distrito universitario de Valladolid ha variado mucho a lo largo de los años. En principio los estudiantes procedían de puntos diversos del Norte de España, pero en muchas ocasiones estos estudiantes al tener que desplazarse, preferían Madrid. En 1964, la Universidad de Madrid impide el acceso de estudiantes que no hubieran realizado el curso preuniversitario allí, lo cual aboca a matricularse en la Facultad correspondiente al distrito correspondiente. El distrito de Valladolid comprendía las provincias vascas, Cantabria, Asturias, y varias provincias de Castilla y León. Posteriormente, el ámbito de la Facultad disminuye al abrirse Facultades de Medicina en Cantabria, Asturias y País Vasco.
2. En la Facultad de Medicina de Valladolid han estudiado desde los años 50 alumnos procedentes de países latinoamericanos (especialmente Puerto Rico, Panamá y Perú) y árabes (sobre todo Siria y Jordania).
3. También introducen sesgo las limitaciones en el número de estudiantes producidas por sucesivos numerus clausus.

mujermedico1.gif (1153 bytes)En cuanto al número de mujeres que ejercen la Medicina en Valladolid, los datos proporcionados por el Colegio de Médicos (5), son incompletos y en ocasiones inexactos, pero podemos señalar que en 1979 ya se alcanzaba el 17,22 por ciento, en 1982 se superaba el 20 por ciento, el 30 por ciento en 1991 y en 1999 se ha alcanzado el 40 por ciento. Es de prever, que con estos datos, el porcentaje de mujeres que ejerzan la Medicina supere en breve plazo a los varones, y ¿qué problemas puede traer esta mayoría en el futuro? Hemos revisado la bibliografía para examinar qué cuestiones han sido objeto de estudio.

En el siglo XIX se dudaba, en principio, de que las mujeres tuvieran capacidad para estudiar una carrera universitaria. Cuando demostraron que esto era posible y que sus rendimientos podían ser tan buenos o mejores que los de los varones, se planteó el problema de que el ejercicio de la profesión médica podría afectar negativamente al pudor de las mujeres y a su familia, sobre todo a sus hijos y estas repercusiones negativas continuaron siendo durante muchos años la razón principal por la que las mujeres médico no llegaran, incluso, a ejercer la carrera.

Hemos localizado un ejemplar de una publicación médica española que se refiere monográficamente al Primer Congreso Nacional de Mujeres Médicos celebrado en 1971 (6), Los temas fundamentales que se tratan son los anticonceptivos y la regulación de la natalidad, aunque la doctora Juana Morcó ya planteaba para los médicos de la Seguridad Social problemas comunes a hombres y mujeres, muy similares a los actuales: personalidad jurídica de los médicos que prestan servicio en la Seguridad Social, presencia física de los titulares de las plazas, terminar con las interinidades a perpetuidad y normalizar la provisión de vacantes, planificación del trabajo, ajuste de salarios al nivel que corresponda y posibilidad de defender nuestros derechos como médicos. Es de destacar que la postura de muchos participantes está muy marcada por sus convicciones religiosas y que varias ponencias tratan sobre las carencias afectivas de los niños, posiblemente pensando que la mujer que ejerza su profesión va a descuidar su cuidado.

Los primeros trabajos localizados a través de Internet, sobre mujeres y Medicina datan de 1965, y se refieren fundamentalmente a la relación matrimonio-Medicina, a mujeres médico famosas o son artículos de orientación feminista. Por el contrario, los artículos más recientes tratan sobre la carrera académica, las preferencias por sexo de las especialidades, las preferencias de los pacientes (efectos del género), y la preocupación por los ingresos. Un total de 39 artículos procedentes de 12 países publicados en 1999, indican el creciente interés por el tema.
Sólo hemos encontrado 13 artículos escritos en español, cinco de los cuales en España.

Consideramos que en la actualidad podemos sistematizar la problemática de las mujeres dedicadas a la Medicina en los siguientes apartados:

1. Derivados de la protección social a la mujer:
a) En relación con prestaciones económicas (abono de cantidades por guardería), aunque éstas son muy bajas. El resto del personal del Insalud tiene otras ventajas sociales (becas, etc...) que los médicos no tienen.
b) En relación con la reducción de horas de trabajo: bajas maternales, limitaciones de horario por lactancia, trabajo a media jornada para cuidado de los hijos o excedencias para el cuidado de los mismos. Creemos que la importancia de estas reducciones de jornada es actualmente mucho menor dada la enorme disminución del número de hijos (1,2/mujer en España), que éstas reducciones de horario ya no son privativas de la mujer y, además, existen en la actualidad muchas facilidades para sustituir las bajas dada la plétora existente de especialistas.

2. Repercusiones sobre las propias mujeres:
a) Físicas: no hemos encontrado ningún trabajo referido a mujeres médico españolas, pero Arancibia y cols. (7) en Chile han hecho el seguimiento de cien médicos mujeres, encontrando que un 22 por ciento había tenido partos prematuros, habían tenido hijos a mayor edad que el promedio de mujeres de su entorno, el período de lactancia había sido acortado y un 30 por ciento creían que su trabajo tenía un impacto negativo en su vida familiar. Por otra parte, es objeto de estudio la alta prevalencia de tabaquismo en mujeres médicos (8).
b) Psicológicas: Olivar Castrillón y Cols. (9) creen que el nivel de alienación es más bajo en las mujeres, pero Atance Martínez (10) define el perfil de riesgo de "Burn Out" para los profesionales médicos con las siguientes características: mujer, mayor de 44 años, sin pareja estable, con más de 19 años de antigüedad y más de 11 en el mismo centro de trabajo, que realiza su tarea en un centro de más de 1.000 trabajadores en Atención Especializada y dedica a los enfermos un 70 por ciento de su jornada laboral teniendo a su cargo entre 21 y 100 pacientes.
c) Familiares: En primer lugar las derivadas de los horarios de las guardias.
El elevado número de mujeres médico ha traído como consecuencia los matrimonios entre médicos. Un estudio de la Universidad de California observa que los miembros de estas parejas trabajan menos horas como promedio, ganan menos individualmente y dedican más tiempo a sus hijos. Pero hay también diferencia entre los miembros de estas parejas: la mujer trabaja menos horas que el varón, gana menos y organiza su trabajo en función de sus hijos, no dedicando tanto tiempo como el marido a cumplir sus objetivos, por lo que consideran que su vida profesional está limitada, incluso más que sus colegas casadas con no-médicos. Pese a esto, estas parejas disfrutan de ventajas tales como más ingresos familiares y compartir intereses profesionales. Siguen asumiendo roles tradicionales de género. Se desconoce si las elecciones de la mujer en cuanto a ganancias y limitación profesional son por su voluntad o por las imposiciones sociales de género.
d) Profesionales: las mujeres se concentran en determinadas especialidades (4) entre las cuales fundamentalmente las relacionadas con laboratorios (Microbiología, Hematología...), Medicina de Familia y Pediatría, siendo los porcentajes menores en especialidades quirúrgicas, fenómeno que se reproduce en todos los países como resultado de un balance entre demandas familiares y profesionales, oportunidades y obstáculos (11). Existe un estereotipo de género. Delgado y cols. (12) consideran que se prefieren mujeres para problemas preventivos, psicosociales, de salud mental y de Medicina general. Para problemas sexuales y de aparato excretor, los pacientes escogen, si es posible, médicos de su mismo sexo. A los varones se les atribuye ser más desordenados pero más competentes técnicamente y a las mujeres ser más humanas. De hecho, usan más tiempo en la consulta, preguntan más y dan más información. Por el contrario, Skelton y Cols (13) en Inglaterra, han observado que los médicos hablan más que los pacientes en la consulta, pero no más las mujeres que los varones, aunque éstas comunican mejor, y ambos, usan un estilo similar, no específico de género. Está pendiente de investigación si el género del médico se relaciona con distintos resultados para la salud del paciente (11). Tampoco es paritaria la representación femenina en las organizaciones profesionales.
e) Laborales: las mujeres tienen, en general en todos los países, menor nivel jerárquico, son más asalariadas, con empleo más precario, y, por tanto, con menores retribuciones. Ramírez de Arellano (14) denomina "Pink-collar" las implicaciones de la feminización de la Medicina: mayor porcentaje de mujeres en ciertas especialidades, localización en áreas urbanas, y tendencia a ser asalariadas y trabajar menos horas obteniendo, por tanto, menos ingresos. Se han creado también distinciones jerárquicas. En EE.UU., en 1990, sólo el 20 por ciento de los profesores de Medicina eran mujeres. 

Marco legal: aplicación y novedades jurisprudenciales
mujermedico1.gif (1153 bytes)El siglo XX probablemente pase a la Historia como el "siglo de la mujer" y verdaderamente han sido muchos y profundos los cambios que se han producido tanto en nuestra sociedad respecto a las mujeres, como en las mujeres respecto a su papel y función en la sociedad. Quizás, uno de los acontecimientos más importantes de este siglo, recientemente finalizado ha sido, la presencia de las mujeres como nuevas protagonistas de la vida social, el paso definitivo del ámbito privado o doméstico, al público.

La incorporación de la mujer a la actividad laboral, a la participación política y a las decisiones públicas, ha producido cambios significativos en los individuos de aquellas sociedades donde se ha llevado a efecto.

Las mujeres que nos dedicamos a la Medicina como profesión, en general, podemos considerarnos unas privilegiadas en la igualdad en el trabajo, sin embargo, factores económicos, sociales y cambios demográficos en la estructura de la población médica, pueden hacer tambalear esta situación en algunas ocasiones y pueden suponer una amenaza para el futuro.

Será preciso pues, analizar las situaciones, prevenir los obstáculos que puedan surgir y poner los medios adecuados para evitar que algunas amenazas lleguen a materializarse.

La incorporación de la mujer al mundo del trabajo ha puesto de manifiesto determinadas necesidades sociales. El cuidado de los hijos, de los enfermos y el de los mayores, tradicionalmente, ha sido tarea asumida por la mujer dentro del ámbito familiar.

Como consecuencia de la existencia y el reconocimiento de una realidad biológica diferencial de las mujeres por un lado, y, de la incorporación de la mujer a la vida laboral por otro, y el respeto al derecho de igualdad, los poderes públicos han establecido una serie de medidas protectoras que constituyen un marco legal para la protección social de la mujer y la familia. Se regula el permiso por maternidad y paternidad, la excedencia por cuidado de hijos, la reducción de jornada por cuidado del menor, la protección de la lactancia, y más recientemente, la ley para promover la conciliación de la vida familiar y laboral (LEY 39/1999, de 5 de noviembre).

La promulgación de la Constitución de 1978 supuso el reconocimiento legal de la igualdad entre sexos, sin embargo, esta igualdad legal no siempre lleva aparejada una igualdad real ante la vida.

Marco legal:
­ Reduccion de jornada por lactancia.
"Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrán dividir en dos fracciones. La mujer por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada de media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen" (art 37.4 E.T.). La ampliación a la posibilidad de ser disfrutado este permiso por el padre se incluyó en la reforma del Estatuto de los Trabajadores aprobada por el R.D. legislativo 1/1995, de 24 de marzo, recogiendo así la doctrina del Tribunal Constitucional establecida en sendas sentencias de 25 de marzo de 1993 y de 14 de junio del mismo año, relativas al trato diferenciado por razón de sexo durante el período de lactancia.

­ Reducción de jornada por guarda legal.
Aplicable en caso de que se tenga a su cuidado a un menor de 6 años o minusválido físico, psíquico o sensorial, permitiéndose una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional de salario entre, al menos un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

­ Suspensión con reserva de puesto de trabajo.
"En el supuesto de parto, la suspensión tendrá una duración de dieciséis semanas, que se disfrutaran de forma ininterrumpida, ampliables en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. El período de suspensión se distribuirá a opción de la interesada siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En caso de fallecimiento el padre podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste del período de suspensión.
No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que el padre y la madre trabajen, ésta al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar porque el padre disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del periodo de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre, salvo que en el momento de su efectividad la incorporación al trabajo de la madre suponga un riesgo para su salud".
Igual tratamiento reciben los supuestos de adopción y acogimiento, estableciéndose el derecho a partir de la resolución administrativa o judicial de acogimiento o, bien a partir de la resolución judicial de adopción. Cuando se trate de adopción internacional y sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, el período de suspensión previsto podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución por la que se constituye la adopción.

­ Excedencia por cuidado de familiares.
"Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento tanto permanente como preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a un año para atender el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida".

Con esta nueva ley han desaparecido las diferencias que existían en la legislación anterior para los permisos por adopción y acogimiento permanente y preadoptivo que ha pasado de 8 semanas si era menor de 9 meses y seis semanas si la edad estaba comprendida entre 9 meses y cinco años a regularse en la nueva ley de conciliación de la vida profesional y familiar con un permiso de 16 semanas si la edad del menor es inferior de seis años.

La Ley 4/1995, de 23 de marzo regula el permiso parenteral y por maternidad y la excedencia para el cuidado de los hijos, que inicia su exposición de motivos reconociendo que "uno de los ámbitos en los que la discriminación por razón de género se sigue produciendo, aunque de forma indirecta, es el correspondiente al del acceso al mercado laboral en la selección de personal.
A pesar del avance producido mediante la derogación de disposiciones discriminatorias, con objeto de ir adaptando los códigos legales a los principios constitucionales, la realidad nos muestra que continúan dándose situaciones que condicionan la situación de las mujeres en el mercado de trabajo".

mujermedico1.gif (1153 bytes)Tratando de mitigar esta problemática se amplía el período de excedencia forzosa regulado por la ley a todo el período de excedencia establecido para atender el cuidado de hijos, introduciendo como contrapartida la posibilidad de cubrir los puestos de trabajo con nuevos contratos con importantes reducciones en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social (95 por ciento, 60 por ciento y 50 por ciento).

La realidad del panorama laboral nos continúa poniendo de manifiesto que a pesar de los esfuerzos realizados en la regulación legal, persisten dificultades materiales que vienen a traducirse en un obstáculo importante a la permanencia de las mujeres en el mercado de trabajo.
La denominación "excedencia para el cuidado de los hijos" ha planteado serias dificultades en su interpretación. La denegación de la situación de excedencia al personal interino por entender que sólo sería de aplicación a las relaciones de carácter permanente ha sido relativamente frecuente en aquellas situaciones en que se ha solicitado. Los Tribunales han ratificado, en más de una ocasión, la resolución administratriva que denegaba la excedencia para el cuidado de los hijos.

Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional vino a reconocer a una médica interina el derecho a la excedencia por cuidados de hijos. Analiza en sus fundamentos jurídicos la posibilidad de incurrir en una discriminación por no corregir una realidad social discriminatoria que un tratamiento formalmente igualitario no repara.

La excesiva duración en el tiempo de las situaciones de interinidad que se producen en el ámbito de la Sanidad hace que el Tribunal no admita un trato discriminatorio entre el funcionario de carrera y el interino.

De esta sentencia emitida por el Tribunal pueden extraerse dos conclusiones: la primera se refiere al hecho de que la legislación que regula las situaciones funcionariales de interinidad ha venido permitiendo una interpretación y aplicación de legalidad ordinaria que en numerosas ocasiones, como la aquí enjuiciada, ha convertido lo que debería ser una relación en principio temporal, desempeñada provisionalmente por razones de " necesidad o urgencia" en tanto no se proveyese por funcionarios de carrera, en una forma relativamente estable, aunque precaria, de acceso al mercado de trabajo. En estas circunstancias, la resolución de una relación funcionarial interina para poder cuidar de los hijos supone efectivamente un grave obstáculo a la permanencia en ese mercado de trabajo y, en consecuencia, un importante perjuicio para quien lo sufre.

También entiende que "el no reconocimiento de la posibilidad de obtener esa excedencia por parte de los funcionarios interinos produce en la práctica unos perjuicios en el ámbito familiar y, sobre todo, en el laboral que afectan mayoritariamente a las mujeres que se hallan en esta situación de interinidad. Concretamente, en el ámbito laboral la denegación de esta posibilidad supone un obstáculo muy importante a la permanencia de las mujeres en el mercado de trabajo. Ello es así, no porque la legislación vigente conceda esta posibilidad a los varones, sino por un dato extraído de la realidad social imperante, que, sin duda, debe tenerse en cuenta al interpretar y aplicar las reglas jurídicas, a saber: que hoy por hoy, son las mujeres las que de forma casi exclusiva solicitan este tipo de excedencia para el cuidado de los hijos y, en consecuencia, al serles denegado, prácticamente sólo las mujeres se ven obligadas a abandonar sus puestos de trabajo y a salir del mercado laboral por este motivo".

En relación con el permiso de lactancia antes mencionado analizamos una Sentencia de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León-Burgos de 14 de diciembre de 1998.

Aunque es de todos conocido y sistemáticamente respetado el derecho "a una ausencia del trabajo de una hora, divisible en dos fracciones de media hora o reducción de la jornada por media hora". No ha sido pacifico el tema, al tratar de aplicar este derecho en el caso de hijo de madre trabajadora médico cuando se trata de ejercer este derecho en el turno de guardia, al que como es de todos conocido, estamos obligados todos los facultativos que realizamos nuestro trabajo en servicios que tienen organizado su trabajo con la cobertura mediante guardias médicas o jornadas de Atención Continuada.

En el caso de la sentencia citada la actora solicitaba que se le reconociera el derecho a usar tres horas de ausencia por motivos de la lactancia materna en la realización de las guardias de presencia física en cada uno de los turnos (mañana, tarde y noche) y que tal derecho se le reconociera hasta que el hijo cumpliese los nueve meses de edad. La pretensión de la actora fue desestimada por el juzgado de lo social por lo que se recurrió la sentencia ante la sala de lo social del T.S.J. C-L que dictó sentencia estimando la pretensión solicitada.

Analiza la sentencia en sus fundamentos jurídicos que este derecho "persigue como finalidad garantizar la lactancia de los hijos pequeños, concediendo con tal fin al progenitor una hora de ausencia, durante la jornada de trabajo, y como quiera que durante la guardia de 24 horas hay tres turnos, es menester entender que la actora, tendrá derecho a tres ausencias de una hora, a fin de poder atender a la alimentación de su hijo menor de nueve meses, finalidad que quedaría incumplida si únicamente se le concediera una ausencia diaria de una hora...[in fine].

Aunque este permiso puede ser utilizado por cualquiera de los progenitores en aquellas situaciones en que se viene realizando una lactancia natural, ineludiblemente el permiso tiene que ser disfrutado por la madre.

Aunque esta sentencia fue satisfactoria, ya que accedía a reconocer la pretensión que se solicitaba aquella niña no pudo ser alimentada por su madre.

Situaciones problemáticas de las mujeres en el ejercicio profesional
El ejercicio de la profesión plantea "a priori" una situación de total igualdad en el plano laboral para hombres y mujeres. Sin embargo, factores sociales, culturales e, incluso, biológicos, pueden hacer que una situación en principio igualitaria de forma teórica, al ser tratada de igual forma, sin tener en cuenta estos condicionantes, nos haga desembocar en situaciones de igualdad formal que no se corresponden con una igualdad real.

Así, conviene que reflexionemos sobre algunas situaciones: ¿se realiza en las mismas condiciones una guardia estando embarazada que no estándolo?, ¿es igual trabajar en turno de tarde para quien tiene cargas familiares que para quien no las tiene?, ¿que razones tienen los médicos en general para abandonar la profesión?, ¿coinciden estas causas en ambos sexos o, por el contrario, existen diferentes motivaciones?, ¿afecta en la misma medida el síndrome de burn-out a hombres que a mujeres?, ¿disponen del mismo tiempo para formación o para investigación los hombres y las mujeres?

Probablemente, la nueva realidad social que se ha producido con la incorporación de la mujer a la vida laboral, hace preciso alcanzar un gran Pacto Social entre hombres y mujeres que permita el reparto equilibrado de las responsabilidades en la vida profesional y en la privada. No parece tarea fácil, pero es preciso buscar soluciones entre todos porque el problema no es exclusivo de las mujeres es un problema de toda la sociedad.

Los cambios socioculturales son lentos y en tanto llegan, es necesario que se adopten medidas adicionales que favorezcan la protección familiar. Será responsabilidad de todos nosotros, mujeres y hombres, determinar y decidir qué tipo de medidas debemos adoptar.

Conclusiones 
-Creciente feminización de la profesión médica.
-Escasa representación de las mujeres en las instituciones más representativas del colectivo médico.
-Desproporción entre el número de mujeres que ejercen la Medicina y las que ocupan puestos de responsabilidad.
-Insuficiente número de estudios que valoren la situación real.
-Diferente enfoque en la práctica de la profesión entre hombres y mujeres.
-Mayores dificultades en la promoción profesional en la mujer.
-En la actualidad no hay ningún tipo de discriminación en materia laboral ni salarial. Sin embargo, existen notables diferencias entre ambos sexos.
-Mayor tasa de desempleo y sin ejercicio profesional en mujeres, debido, por un lado, a factores socio-familiares y por otro, a la reciente incorporación de la mujer al mundo laboral.
-Necesidad de regular la exención temporal de guardias y atención continuada en casos de embarazo y lactancia en aras de proteger la salud de la madre y del lactante respectivamente.
-Conveniencia de disponer de guarderías dependientes del centro laboral que facilitarán la posibilidad de armonizar el trabajo y la crianza de los hijos, dada la gran cantidad de mujeres que se están incorporando a la profesión.
-Necesidad de alcanzar un gran Pacto Social entre hombres y mujeres que permita el reparto equilibrado de las responsabilidades en la vida profesional y en la privada.
-El abordaje de la situación es preciso realizarlo desde una doble vertiente: política y familiar. El problema es de la sociedad y no sólo de la mujer.
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Ponencia presentada en el VIII Congreso de la CESM.

 

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