El día 3 de Mayo, comenzó el plazo para presentar la Declaración del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.
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CONCEPTO |
DOCUMENTACION I.R.P.F. |
DOCUMENTACION I. PATRIMONIO |
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Rendimientos del Trabajo |
-Certificado de rentas
salariales expedido por la empresa -Certificados de pensiones expedido por la SS.SS |
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Certificados bancarios
en relación con :
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-Saldos medios y finales de cuentas bancarias -Cotizaciones medias en 4º trimestre 98 de títulos y demás activos financieros. -Valoración acciones sin cotización oficial. |
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-Vivienda habitual e
inmuebles no arrendados:
-Inmuebles arrendados:
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Mayor valor de:
Deudas afectas:
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Rendimientos Actividades Empresariales o Profesionales |
-Información de ingresos y gastos (pagos. fracc. 1998) -Plusvalías o minusvalias por ventas de bienes afectos:
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-Actividades sujetas al
Código de Comercio:
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Incrementos y |
-Inmuebles (escrituras
de compra y venta)
-Certificación sobre rescates de seguros e información de primas pagadas por ejercicio |
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Imputaciones en Transparencia Fiscal |
-Certificados sobre
imputaciones a los socios en función de su participación, de:
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Valoración correspondiente de las acciones a los efectos del impuesto de patrimonio | ||
Reducciones en la Base Imponible |
-Recibos de aportaciones a Planes de Pensiones -justificantes de pensiones compensatorias a favor del cónyuge |
No se declaran los derechos consolidados en planes de pensiones | ||
-Justificantes de los
siguientes gastos personales:
-Justificantes de la siguientes inversiones:
-Justificante de pago por el Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza de urbana (p,plusvalía municipal)
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| PLAZO DE PRESENTACION DE LA DECLARACION | |
POSITIVA............................. |
3 de mayo de 1999 al 21 de junio de 1999 |
NEGATIVA............................ |
3 de mayo de 1999 al 30 de junio de 1999 |
| PAGO FRACCIONADO | |
1º PAGO DEL 60%..................... |
Cuando se presente la declaración de la renta |
2º PAGO DEL 40%..................... |
Hasta el 5 de noviembre de 1999 |
(Solo se podrá disfrutar de este beneficio si se presenta dentro del plazo la declaración) |
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