Para que la reducción por movilidad
geográfica sea de aplicación, la aceptación del
puesto de trabajo debe haberse producido después del 1
de enero del 2003
Para que la reducción por movilidad
geográfica en el Impuesto sobre la Renta resulte de
aplicación, es necesario que la aceptación del puesto
de trabajo que exige el traslado de la residencia
habitual se haya producido a partir del 1 de enero del
2003, quedando excluidas las aceptaciones anteriores,
según se afirma en una consunta de la Dirección
General de Tributos, de 23 de enero de 2004.
Desde el 1 de enero del 2003, la
modificación realizada en la Ley 40/1998, de 9 de
diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas y Otras Normas Tributarias, por la Ley 46/2002,
de 18 de diciembre, introduce la reducción por
movilidad geográfica en el artículo 46.quáter de la
Ley del Impuesto en los siguientes términos:
"Los contribuyentes desempleados
inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto
de trabajo que exija el traslado de su residencia
habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que
reglamentariamente se determinen, incrementarán en un
100 por 100 el importe de la reducción prevista en el
artículo 46 bis de esta Ley.
Esta reducción se aplicará en el
periodo impositivo en el que se produzca el cambio de
residencia y en el siguiente."
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Noticias Fiscales
03/05/04
