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Para que la reducción por movilidad geográfica sea de aplicación, la aceptación del puesto de trabajo debe haberse producido después del 1 de enero del 2003

 

Para que la reducción por movilidad geográfica en el Impuesto sobre la Renta resulte de aplicación, es necesario que la aceptación del puesto de trabajo que exige el traslado de la residencia habitual se haya producido a partir del 1 de enero del 2003, quedando excluidas las aceptaciones anteriores, según se afirma en una consunta de la Dirección General de Tributos, de 23 de enero de 2004.

Desde el 1 de enero del 2003, la modificación realizada en la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y Otras Normas Tributarias, por la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, introduce la reducción por movilidad geográfica en el artículo 46.quáter de la Ley del Impuesto en los siguientes términos:

"Los contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, incrementarán en un 100 por 100 el importe de la reducción prevista en el artículo 46 bis de esta Ley.

Esta reducción se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente."

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Noticias Fiscales

03/05/04