El Tribunal Constitucional, por auto de 15 de
julio actual, ha acordado en el recurso de inconstitucionalidad
783-2003, interpuesto por el Presidente del Gobierno, mantener la
suspensión del apartado 3 de la Disposición adicional 5.' de la
Ley 10/2002, de 21 de diciembre, recurrida, por la que se aprueban
normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarías,
administrativas y financieras, y levantar la suspensión de los
apartados 1 y 2 de dicha Disposición adicional, cuya suspensión se
produjo con la admisión del mencionado recurso y publicada en el
Boletín Oficial del Estado núm. 83, de 7 de abril de 2003.
Madrid, quince de julio de dos mil tres.-
El Presidente del Tribunal Constitucional,
JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA